¿Ventaja de la formalidad de los negocios ante el entorno COVID-19?
EL RÉGIMEN DE Incorporación Fiscal (RIF) es la figura jurídica que permite gozar de los beneficios de ser formal, emitir factura e informar bimestralmente de ventas y
gastos. Si se decide emprender un negocio con ingresos hasta de dos millones de pesos, durante el primer año de actividad no se pagan impuestos.
El RIF aplica para las personas físicas con actividades empresariales que realicen:
Venta de bienes, por ejemplo: tienda de abarrotes, papelería, carnicería, frutería, dulcería, tianguista, locatario de mercado, entre otros.
Prestación de servicios que no requieran título profesional: salón de belleza, plomería, carpintería, herrería, albañilería, taxista, etcétera.
Venta de productos por los que obtienes una comisión: comercialización de tarjetas telefónicas, tiempo aire, productos de belleza y más.
Adicionalmente, es posible obtener ingresos por:
» Sueldos o salarios
» Asimilados a salarios
» Arrendamiento de casa habitación o local comercial
» Intereses
“El objetivo del régimen es simplificar y promover la formalidad de las personas físicas que realizan actividades empresariales. Con ello se busca generar mayor productividad en el país e impulsar la sostenibilidad del crecimiento económico”
¿Quieres saber cuales son todos los beneficios del RIF?

El régimen otorga múltiples beneficios a quienes estén incorporados, aunque estos beneficios van condicionados al uso de las herramientas tecnológicas administradas por el sat, es ahí  donde radica la verdadera simpleza. 
Este régimen requiere de acceso al sistema del sat, por lo que resulta muy recomendable realizar cursos de capacitación y asesoramiento, o bien contratación de servicios contables para  cumplir en tiempo y forma con las disposiciones fiscales.

BENEFICIOS DEL RIF IVA Y IEPS 
Para efectos de iva y ieps, por operaciones con el público en general, se aplican tasas disminuidas de acuerdo al giro o actividad, adicionalmente se fija un porcentaje de reducción conforme al año de tributación. 
Además, si los ingresos por dichas actividades no exceden de 300 mil pesos, la reducción será del 100% durante los años de tributación en el rif.

CRÉDITOS PARA TU EMPRESA
Este régimen permite que los emprendedores puedan acceder a financiamientos, por ejemplo “Crecer Juntos”, Crédito bancario de hasta $300,000 con tasa de interés máxima de 30% anual fija, plazos de 36 meses si se destina para la operación del negocio, o hasta 60 meses si es para la compra de mobiliario y equipo. El crédito busca apoyar la operación del negocio.

SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL
Tanto para patrones o dueños, como para trabajadores independientes, existen las siguientes características: 
» Facilidad para pagar las cuotas de seguridad social de forma bimestral 
» Reducción del 50% en el pago de cuotas de seguridad social 
» Atención médica, medicinas y gastos hospitalarios
» Apoyo económico para tus familiares en caso de muerte 
» Pensión para el retiro

CRÉDITO PARA VIVIENDA
Estar en el rif representa oportunidades para obtener un crédito y adquirir una vivienda a través del infonavit con facilidades para efectuar el pago de las aportaciones de forma diferida. 

Recomendamos a los emprendedores y micro empresarios adquirir servicios contables que les permitan gozar de los beneficios del rif. En este sentido, en arh Consultores brindamos el único Blindaje Empresarial que impulsa a las compañías a ser competitivas a través de la Solución Fiscal, Contable y Financiera, la cual integra el área de impuestos cuyo principal objetivo es asesorar paso a paso en el cumplimiento de obligaciones fiscales.

Área de desarrollo de negocios ARH Consultores

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